Segundo Decreto del Obispo en relación a la pandemia

A TODOS LOS SACERDOTES Y FIELES DE LA DIÓCESIS DE ALCALÁ DE HENARES

SEGUNDO DECRETO EN RELACIÓN A LA PANDEMIA

Ante la excepcional situación sanitaria que atraviesa el mundo, y más concretamente nuestra Nación, el pueblo cristiano ha de ver una ocasión en la que reconocer la precariedad del hombre herido por el pecado y la necesidad de elevar la mirada a Dios quien, en Jesucristo, ha vencido el poder de la enfermedad, la muerte y el pecado. Es un tiempo también en el que se pone en evidencia la necesidad de cuidar y proteger los vínculos familiares recordando que no somos individuos aislados sino miembros de una familia, pueblo de Dios en camino hacia la Patria Celestial. Es por ello un tiempo en el que ejercitar la caridad de un modo más intenso y responsable, con la prudencia del amor.

Consciente de nuestra responsabilidad y para velar por el ejercicio de la adecuada atención que como pastores hemos de prestar

DECRETO

  1. La apertura de los Templos parroquiales en horario habitual; mantener los horarios habituales en las celebraciones Eucarísticas y, si se viera necesario reducir el número de fieles en estas, multiplicar las celebraciones de la Santa Misa para atender al máximo recomendado de un tercio de ocupación que pueden tener los lugares cerrados.
  2. Que los sacerdotes y capellanes de hospitales extremen la prudente caridad respecto de los fieles y ofrezcan los auxilios divinos, especialmente el Sacramento de la Confesión, de la Unción de Enfermos y la Comunión Eucarística.
  3. Extremar las precauciones en la administración del Sacramente de la Confesión siendo este ofrecido con redoblado esfuerzo y atendiendo a la distancia física establecida por las autoridades.
  4. Para las celebraciones del Sacramento del Bautismo y del Matrimonio que estuvieran previstas, y para las Exequias y Funerales que pudieran surgir, se recomienda evitar grandes grupos y aglomeraciones apelando a la responsabilidad de las familias afectadas.
  5. Realizar, con la prudencia debida, actos piadosos y rogativas suplicando al Dios de la vida el cese de la pandemia, la recuperación de los enfermos, la asistencia divina a los sanitarios y la paciencia y esperanza para todos los fieles.
  6. Seguir las indicaciones establecidas en nuestro anterior Decreto: retirar el agua bendita de las pilas; ofrecer un signo de paz distinto al habitual de abrazar o estrechar la mano, recordando que incluso está permitido suprimirlo; extremar la higiene en aquellos que distribuyen la Sagrada Comunión antes y después de este momento; y realizar las muestras de afecto y devoción evitando contacto físico con las imágenes.
  7. Las personas que manifiesten síntomas de la enfermedad o cualquier otra debilidad, que sigan las celebraciones de la Eucaristía por los medios de comunicación y que soliciten la asistencia de los sacerdotes para los sacramentos, siendo tratados como enfermos y por ello liberados del precepto dominical.
  8. El cese de la atención al público hasta el día 26 de marzo en las oficinas de la curia diocesana y de la curia judicial. Los oficiales de las mismas trabajarán desde su casa y las oficinas tendrán el horario restringido de 11:00h a 13:00h para atender asuntos urgentes y de necesidad.

En este tiempo pongamos nuestra esperanza en Dios, crezcamos en confianza en su divina Providencia y permanezcamos, junto a María Santísima, en obediencia a las legítimas recomendaciones sanitarias que nos sugieran.

Dado en Alcalá de Henares a 13 de marzo de 2020.

 

+ Juan Antonio Reig Pla, Obispo Complutense

Ante mí,

Álvaro Fernández Ruiz, Vicario Judicial